La campaña de la declaración de la Renta, abierta desde el 8 de abril hasta el próximo 30 de junio, ofrecerá a autónomos y empresas que dispongan de un vehículo en renting la posibilidad de deducir hasta el cien por cien del IVA de las cuotas mensuales de alquiler, siempre que el vehículo esté vinculado al desarrollo de la actividad profesional.
En el caso de los autónomos, hay que recordar que esa deducción del IVA puede situarse entre el 50% y el 100% en función del grado de afectación del vehículo a la actividad, según ha recordado en un comunicado la firma de renting flexible Northgate, que ha diseccionado las principales ventajas fiscales asociadas a este modelo de alquiler a largo plazo de cara a la presente campaña.
Hay que apuntar que la Agencia Tributaria podrá requerir pruebas que acrediten el uso profesional del vehículo, por lo que resultará fundamental justificarlo mediante el tipo de vehículo, su rotulación o su utilización habitual en el entorno laboral, ha indicado la firma de renting.

Menos base imponible, mismo vehículo
Otro punto que subraya la compañía es que las cuotas del renting tienen la consideración de gasto deducible, lo que permite su aplicación íntegra en el IRPF para los autónomos o en el Impuesto de Sociedades para las empresas.
Al no tratarse de un activo en propiedad, el vehículo no se incorpora al inmovilizado de la empresa, lo que permite imputar el gasto de forma directa sin necesidad de amortizar.
Respecto de la planificación fiscal, el renting permite concentrar en el mismo ejercicio todos los gastos asociados al vehículo, con cuotas mensuales fijas que «facilitan la previsión de costes y evitan desviaciones tanto en el cierre financiero como en el fiscal», ha apuntado Northgate.
Un elemento adicional que recoge el análisis afecta a quienes incorporen vehículos eléctricos a su actividad. En este sentido, los autónomos que asuman la instalación de puntos de recarga podrán desgravarse las inversiones realizadas en materiales, equipos, instalación y mano de obra, con la excepción de las cantidades cubiertas por ayudas públicas.
Junto a las ventajas propias del renting, la firma señala que los autónomos podrán beneficiarse de otras deducciones ligadas a los desplazamientos profesionales como el combustible, con una deducción que puede alcanzar el 50%, o el estacionamiento en parkings, siempre que guarden relación con la actividad laboral y se acrediten mediante los recibos correspondientes.








