La concesión de estas ayudas se realizará al amparo del Real Decreto 609/2026 del 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+), después de que ayer publicara el BOE el extracto de la convocatoria correspondiente a la Línea 2 del programa.
Según ha explicado Faconauto, la patronal de los concesionarios españoles, se comenzarán a admitir solicitudes el próximo 1 de octubre a las 10.00 horas, bajo el marco de una convocatoria que cuenta con un presupuesto para subvenciones de 50 millones de euros y que permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre a las 14.00 horas, salvo que los fondos disponibles se agoten antes.
Podrán acogerse a la convocatoria empresas con personalidad jurídica propia y personas físicas que desarrollen una actividad económica y estén inscritas en el correspondiente censo de empresarios, profesionales y retenedores, ha apuntado Faconauto a través del documento expresado en el BOE.
Hay que señalar al respecto que los concesionarios y puntos de venta encuadrados en los epígrafes IAE 615.1 o 654.1 no podrán ser beneficiarios de estas ayudas y el texto establece además que, una vez agotado el presupuesto, el sistema podrá seguir admitiendo solicitudes, que pasarán a una lista de espera y solo podrán ser atendidas si posteriormente se libera o incrementa crédito.
También es importante puntualizar, de acuerdo a la normativa, que estar incluido en esa lista no genera el derecho a percibir la ayuda.
Faconauto ha explicado que el importe final no será automáticamente el máximo previsto, ya que el programa Auto+ aplica de forma acumulativa los tres criterios ya definidos por el programa: eléctrico, económico y europeo.
Los eléctricos puros recibirán inicialmente el 50% del máximo correspondiente y los híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida, el 25%. Posteriormente se añaden los porcentajes correspondientes al precio y a la contribución industrial europea del vehículo y de su batería.
En el criterio económico, finalmente, los turismos de hasta 35.000 euros pueden sumar el 25% del importe máximo, mientras que los situados por encima de esa cifra reciben un 15%.
Para los M1 de hasta siete plazas, el precio máximo subvencionable será de 45.000 euros sin impuestos y después de descuentos comerciales.

Entra la línea 2: el renting
Además la Línea 2 permitirá acogerse a las ayudas mediante compra directa y el renting. En las dos modalidades de arrendamiento, el contrato deberá tener una duración mínima de tres años.
Serán subvencionables turismos M1, comerciales ligeros N1, motocicletas L3e, L4e y L5e y cuadriciclos L6e y L7e, siempre que dispongan de etiqueta Cero de la DGT. Esto incluye vehículos eléctricos de batería, eléctricos de pila de combustible, eléctricos de autonomía extendida e híbridos enchufables.
Para los vehículos nuevos, la convocatoria exige que hayan sido matriculados por primera vez en España después del 1 de enero de 2026.
También admite determinados vehículos previamente matriculados por un concesionario o punto de venta del grupo fabricante o importador, siempre que su primera matriculación sea igual o posterior al 1 de enero de 2025 y no hayan transcurrido más de 12 meses entre esa fecha y la factura de venta.
Quedan fuera del programa los autobuses y autocares M2 y M3 y los vehículos N2 y N3.
Hay que decir que, aunque los concesionarios incluidos en los epígrafes afectados no pueden ser beneficiarios, sí podrán asumir un papel directo en la tramitación. La convocatoria permite que concesionarios, puntos de venta y empresas de renting o leasing actúen como representantes del solicitante ante el Sistema Telemático de Gestión del Ministerio de Industria y Turismo.
La solicitud deberá presentarse íntegramente por vía telemática y acompañarse desde el inicio de documentación como la ficha técnica definitiva, el permiso de circulación, la factura, los justificantes bancarios de pago y la documentación fiscal y administrativa correspondiente.
Cuando se hayan cumplimentado todos los datos y cargado los documentos exigidos, el sistema registrará la solicitud y detraerá provisionalmente del presupuesto disponible el importe solicitado.
Asimismo en los M1 y N1 nuevos, la factura deberá reflejar un descuento mínimo de mil euros antes de impuestos, identificado de forma inequívoca como vinculado al Programa Auto+. La convocatoria incorpora también una Lista Blanca del Programa Auto+, que identificará los modelos cuyos fabricantes hayan acreditado determinados requisitos de producción europea.
La inclusión permitirá acceder a los porcentajes adicionales correspondientes al criterio europeo y la lista se irá actualizando a medida que se presenten o revoquen las declaraciones de los fabricantes.
Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones destinadas al mismo coste subvencionable, con determinadas excepciones vinculadas a instrumentos europeos, hasta un máximo conjunto del 80% del coste subvencionable, y estarán sometidas al régimen europeo de ayudas de minimis.
Por último, los beneficiarios deberán mantener la titularidad del vehículo y su matriculación en España durante al menos dos años desde la concesión de la subvención, salvo las excepciones previstas por robo, siniestro, defectos graves de origen o fallecimiento.





