El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Athanasios Rantos, ha concluido que las asociaciones ecologistas pueden recurrir judicialmente la homologación de los vehículos equipados con el dispositivo de desactivación de emisiones, en el caso conocido como ‘dieselgate’.
«Una asociación de defensa del medio ambiente reconocida, facultada para interponer recursos en virtud del Derecho interno, debe poder impugnar ante los órganos jurisdiccionales nacionales una decisión administrativa» en la cual se concede una homologación de tipo CE a los vehículos equipados con tales dispositivos de desactivación que pueden estar prohibidos, ha señalado Rantos en su dictamen.
Así el Abogado General de la UE ha explicado en sus conclusiones –que no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la UE que, no obstante, suele seguir la línea de estas opiniones en la gran mayoría de los fallos — que las asociaciones de defensa del medio ambiente son las que «tienen como misión» defender el interés general a las que se orientan las normas del Derecho medioambiental de la UE.
Además, la disposición del Derecho de la Unión que prohíbe, salvo excepciones, los dispositivos de desactivación debe considerarse parte del Derecho medioambiental nacional y, por tanto, debe garantizarse el derecho de las asociaciones medioambientales a impugnar la concesión de la homologación tipo CE.
La asociaciones contra el dieselgate
El caso viene a raíz de la concesión por parte de la Oficina Federal de Circulación de Vehículos de Motor de Alemania de la homologación de tipo CE a unos dispositivos utilizados por el fabricante de automóviles Volkswagen en el motor de los vehículos para reducir la emisión de gases de escape, pero que aumenta las emisiones de gases NOx (óxidos de nitrógeno).
La asociación alemana en defensa del medioambiente, Deutsche Umwelthilfe, interpuso un recurso contra la decisión de la Oficina Federal de Circulación de Vehículos alemana alegando que el programa es un dispositivo de desactivación prohibido por el reglamento de la UE sobre la homologación de vehículos de motor. Un recurso sobre el que la Oficina alemana puso en duda su legitimidad.
De hecho, el pasado septiembre, Athanasios Rantos concluyó que el programa informático que instaló Volkswagen en los vehículos para falsear el nivel de las emisiones de gases contaminantes, caso conocido como ‘dieselgate’, era ilegal ya que manipulaba el nivel de emisiones de vehículos en función de la temperatura exterior y altitud.
En un paso más, el Abogado General de la UE considera que en el momento en el que se concede la homologación de tipo CE, no se evalúa la necesidad de un dispositivo de desactivación para proteger el motor contra averías o accidentes ni para el funcionamiento seguro del vehículo.
Rantos ha argumentado que el reglamento está concebido de forma neutral en términos tecnológicos, por lo que los fabricantes deben aplicar las medidas técnicas adecuadas para respetar los límites estipulados sin que la técnica utilizada venga impuesta.
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